España tendrá autoconsumidores inspeccionados. La propuesta de Real Decreto sobre Autoconsumo que desarrolla el artículo 9 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, dispone, en su artículo 9, la realización de inspecciones respecto las condiciones económicas del suministro.
Ya sabíamos que España tendría autoconsumidores penalizados, pero también tendrá autoconsumidores Inspeccionados. ¿Serán el mismo colectivo?
¿Significa esto que, con este argumento, se podrá acceder a las viviendas siempre que estén conectadas a la red? ¿Cómo verificar la no conexión entre la instalación que cuenta con un sistema de generación autónomo y aquella otra instalación que depende del suministro de la red? ¿Quiénes estarán a cargo de la inspección, funcionarios o empleados del oligopolio eléctrico?
Es un asunto delicado desde todos los puntos de vista y que incluso puede provocar indefensión jurídica a los hogares. Todo por cargar en la factura eléctrica costes que deberían ser recaudados por otra vía.